martes, 9 de junio de 2020

Morena propondrá una iniciativa para reducir el IVA de manera temporal de 16 a 10 %, con el fin de contribuir a la reactivación económica.

 Una pregunta que se hace cotidianamente, la ciudadanía en general, es para qué diablos sirven los impuestos, que pagan de manera recurrente. Pues, bien, primero, hay que preguntarse ¿Qué son los Impuestos?, si, primero hay que preguntarse eso, ya que después salen con el cuento que no sabían. Para evitar todo ello, la pregunta básica es la que hemos formulado inicialmente.  Como respuesta, diríamos que los impuestos es la disposición tributaria que cada ciudadano tiene con el estado, ya que existe una necesidad de financiar gastos de un país que sirven a las necesidades comunes y es importante que cada persona aporte una parte para hacerlo.
Mirándolos, me doy cuenta que simplemente, no entendieron nada sobre la definición. A ver que te parece esta definición, los impuestos son tributos que cada persona, familia o empresa deben pagar al Estado (Gobierno) para cubrir las necesidades colectivas, contribuyendo así con una parte de tus ingresos.
El impuesto es tan viejo como el hombre pensante, siempre existió la necesidad de que unos cuantos organizaran las necesidades de la sociedad y los demás pagaran un tributo por obtenerlo.
En México existen 3 categorías de impuestos:
·         municipales
·         estatales, y
·         federales
En los que se engloban todos los tipos de impuestos según el régimen fiscal al que pertenezcas como contribuyente: persona física, que son los ciudadanos y personas morales, es decir las empresas.
Es importante tener claro que existe una norma jurídica tributaria que advertirte cuál es el caso de cada impuesto, en ella encuentras:
Quiénes se encuentran sujetos al pago
Cuál es el objeto de gravamen
Sobre qué base se determinará el impuesto
La tasa aplicable o la tarifa, según sea el caso
Se desglosan de la siguiente manera
Impuestos federales
Dentro de los tributos nacionales básicos, que dependiendo de las actividades, son una obligación de la mayoría de los contribuyentes mexicanos así como de residentes extranjeros que ejerzan una actividad económica dentro del territorio nacional, estos son:
Ø  Impuesto Sobre la Renta (ISR)
Ø  Impuesto al Valor Agregado (IVA)
Ø  Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS)
Ø  Impuesto sobre automóviles nuevos
Ø  Impuesto sobre Depósitos en Efectivo (IDE)
Ø  Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU)
Impuestos estatales
Son aquellos que se aplican dentro de la frontera de cada estado y no se trasladan a otros. Cada estado cuenta con una norma tributaria o Ley de Hacienda diferente en la que se especifican qué impuestos se cobran en cada uno de ellos, en el caso de Querétaro, por ejemplo, los impuestos que se pagan a este nivel de gobierno son:
Ø  Impuesto por la adquisición de vehículos de motor o remolques que no sean nuevos.
Ø  Impuesto sobre tenencia o uso de vehículos de motor.
Ø  Impuesto por la prestación de servicio de hospedaje.
Ø  Del impuesto para el fomento de la educación pública en el estado para caminos y servicios sociales.
Ø  Impuesto sobre diversiones y espectáculos públicos.
Ø  Impuesto por la obtención de ingresos derivados de la organización de loterías, rifas, sorteos, concursos  y carreras.
Ø  Impuesto sobre nóminas.
Impuestos municipales
Los impuestos municipales son los tributos en favor de los gobiernos locales, cuyo cumplimiento no origina una contraprestación directa de la Municipalidad al contribuyente. 
Ø  Impuesto Predial
Ø  Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles y Transmisión de Dominio
Ø  Impuesto para el Fomento Deportivo y Educacional
Ø  Impuesto para el Fomento Turístico, Desarrollo Integral de la Familia y Promoción de la Cultura
Ø  Impuesto sobre Asistencia a Juegos Permitidos y Espectáculos Públicos
Ø  Impuesto para el Mantenimiento y Conservación de las Vías Públicas
Ø  Impuesto por Alumbrado Público
Ahora bien, los impuestos, se dividen en dos grandes grupos.
Impuestos directos: son aquellos que gravan o afectan directamente lo que se recibe como ingreso, algunos ejemplos de este impuesto son: Impuestos sobre la renta, el predial, impuesto sobre bienes inmuebles, impuesto de sucesiones.
Impuestos indirectos: son aquellos donde el impuesto grava en el consumo y no afecta de manera directa a los ingresos de los contribuyentes, algunos ejemplos de este son: Impuesto al Valor Agregado (IVA), etc.

En la actualidad los impuestos han cambiado mucho del pasado, pues solían existir impuestos obsoletos o incluso ridículos que al final de cuentas solo enriquecían a unos cuantos y no se veía realmente el avance o donde se estuvieran utilizando.
Como anécdota podemos decirte que en la época de Antonio López de Santa Anna al poder, se decretaron contribuciones verdaderamente inverosímil, tales como: un real por cada puerta y cuatro centavos por cada ventana de las casas; un pago de dos pesos mensuales por cada caballo robusto y de un peso por cada equino flaco, y también se cobraba un peso mensual por la posesión de cada perro.
En la época de Porfirio Díaz,  duplicó, por ejemplo, el impuesto del timbre, gravó las medicinas y un ciento de artículos.
A nivel estatal se presentan casos, que son para replay, se paga impuesto si no se arregla la fachada de los inmuebles, hay impuestos si los animales domésticos no tienen “identificación” o certificados de vacunación. Por vacas, cabras y perros hay multas. Quienes no pagan impuestos son los gatos, una clase privilegiada, quizá porque difícilmente los podrán hallar fuera de la casa y en muchos de los casos salen solo en la noche.
En otros estados del norte se pagaba impuesto o multa por caballos o burros, lo que provocaba plantones y manifestaciones. Hasta los lotes o terrenos baldíos pagan multa, hay pretexto para todo, sobre todo cuando surgen asociaciones, fundaciones y diversas organizaciones que requieren recursos para su operación y actividad, presionan a los legisladores para que suban a tribuna a imponer nuevos impuestos o los contribuyentes.
Ahora bien, los impuestos son la fuente principal de recursos financieros de los gobiernos de los países en todos sus niveles, ya sean federal, estatal o municipal o de cualquiera en que esté constituido un estado.
La existencia de los impuestos se justifica principalmente porque es la principal fuente de recursos para cumplir con las obligaciones propias y a su vez, le retribuye a la sociedad el pago de dichas contribuciones a través de bienes públicos como la educación, luz, agua, seguridad, alcantarillado, los servicios básicos, etc. sin embargo, con la finalidad de mejorar y hacer más eficiente la obtención de recursos, el reto para los gobiernos es mejorar sus políticas fiscales con la finalidad de afectar lo menos posible los ingresos de sus ciudadanos y la marcha de la economía.
Generalmente, la Constitución de un país establece las bases para la promulgación y aplicación de todas las demás leyes y ordenamientos existentes, entre ellas incluidas las leyes y ordenamientos fiscales.
Este principio de constitucionalidad se ha dado a través de las naciones desde la antigüedad, inclusive, previo a la existencia de las formales constituciones, las asambleas medievales surgieron debido a la necesidad de “legislar” en materia fiscal.
Centrándonos en nuestro tema principal, que es el Impuesto al Valor Agregado, conocido como IVA, este impuesto en México a través de la publicación de Ley del IVA el 22 de Diciembre de 1978, entró en vigor el 1ro de Enero de 1980, sustituyendo directamente al Impuesto Sobre Ingresos Mercantiles que tenia una tasa del 4%.
El IVA es un impuesto al consumo que se impone sobre el valor que se agrega a un producto o servicio. A diferencia del impuesto a las ventas, el IVA se aplica en las distintas etapas que existen entre el productor inicial y el consumidor final, mientras que el impuesto a las ventas, se aplica sobre el valor total en cada etapa, no considera etapas de producción. El IVA evita el efecto cascada que se origina al gravar el valor agregado en cada etapa de producción
Actualmente el Impuesto al Valor Agregado es uno de los impuestos más importantes que se aplican en México. Su tasa general ha sufrido cambios a lo largo de su existencia, pero actualmente es del 16% aunque su estructura contempla tratamientos especiales para algunos productos y servicios, 0% o exenciones y en la franja fronteriza se aplica la tasa del 11%.
De acuerdo con el artículo primero transitorio de la Ley del IVA de 1978, el impuesto iniciaría su vigencia a partir del 1 de enero de 1980. La ley fue aprobada y suscrita el 22 de diciembre de 1978 y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de ese mismo año durante el mandato del Presidente José López Portillo. 
En un principio, la recaudación del IVA era facultad estatal y no fue sino hasta 1990 que se transfiere la administración del impuesto al orden federal. La principal razón de esto, eran los bajos resultados en la recaudación, además de la dificultad de establecer a qué entidad correspondía el impuesto ya que los domicilios fiscales del contribuyente se encontraban en una entidad y el consumidor en otra. Así mismo, este nuevo impuesto sustituyó a dieciocho impuestos que gravaban diversas actividades, productos y servicios, todos ellos impuestos indirectos.
Evolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en México.
De 1980 a 1982 la tasa de IVA era de 10% general y de 0% a todos los alimentos. Tasa preferencial fronteriza del 6%.
De 1983 a 1988 aumenta la tasa a 15% general, 0% alimentos no procesados y de consumo popular, y 6% a los demás alimentos y a las medicinas.
De 1989 a 1991 continua 15% tasa general, tasa del 6% para ciudades fronterizas, 0% ahora todos los alimentos y medicinas, y una nueva tasa del 20% para bienes de lujo.
De 1992 a 1995 se reduce el número de tasas otra vez a 10% como tasa general y 0% a medicinas y alimentos no procesados.
De 1996 a 2009 aumenta nuevamente a 15% la tasa general, regresa la tasa a ciudades fronterizas con un 10% y continúa la de 0% a medicinas y alimentos no procesados. Cabe recordar, que el incremento al IVA en este año, dio lugar a un verdadero enfrentamiento entre los legisladores del PRI contra los de la oposición, ya que se autorizo a capa y espada, surgiendo la celebre fotografía de la Roqueseñal… que quedo grabada en la historia parlamentaria.  
En el 2010 aumentan en 1 punto porcentual la tasa general y fronteriza, quedando en 11% y 16% respectivamente. Alimentos, se mantuvo a 0% y otras actividades señaladas en ley.
Desde 2014 tenemos solo una tasa general del 16% y la de 0% a medicinas, alimentos y algunas otras actividades.
Pues bien, el motivo de este artículo, se deriva que recientemente, se ha dado a conocer que Eduardo Ramírez, senador chiapaneco de Morena, propondrá una iniciativa para que se baje el IVA de un 16 por ciento al 10 por ciento, la cual podría tener un fuerte acompañamiento legislativo, ya que legisladores de diferentes partidos políticos lo ven con buenos ojos..
Pero esta reducción solo sería por 6 meses.
No se incluirá la frontera norte donde se paga 8%.
Se pretende que los precios bajen y se estimule el consumo.
Pero hay voces panistas que pretenden que se homologue al 8 por ciento en todo el país.
 Aunque, hay que considerar que efectos trae en materia de recaudación y que beneficios podría generar en materia de reactivación económica debido a la pandemia de Covid 19. Recordemos que el panismo, no son magnánimos, tienen sus historia y no dan un paso sin huarache.


En próximo artículo ya se estará comentando en que consiste esta iniciativa y sus pro y contra.  

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