Una pregunta que se hace cotidianamente, la ciudadanía en general,
es para qué diablos sirven los impuestos, que pagan de manera recurrente. Pues,
bien, primero, hay que preguntarse ¿Qué son los Impuestos?, si, primero hay que
preguntarse eso, ya que después salen con el cuento que no sabían. Para evitar
todo ello, la pregunta básica es la que hemos formulado inicialmente. Como respuesta, diríamos que los impuestos es
la disposición tributaria que cada ciudadano tiene con el estado, ya que existe
una necesidad de financiar gastos de un país que sirven a las necesidades
comunes y es importante que cada persona aporte una parte para hacerlo.
Mirándolos, me doy cuenta que simplemente, no entendieron nada sobre
la definición. A ver que te parece esta definición, los impuestos son
tributos que cada persona, familia o empresa deben pagar al Estado (Gobierno) para
cubrir las necesidades colectivas, contribuyendo así con una parte de tus ingresos.
El impuesto es tan viejo como el hombre
pensante, siempre existió la necesidad de que unos cuantos organizaran las
necesidades de la sociedad y los demás pagaran un tributo por obtenerlo.
En México
existen 3 categorías de impuestos:
·
municipales
·
estatales,
y
·
federales
En los que se engloban todos los tipos de
impuestos según el régimen fiscal al que pertenezcas como contribuyente:
persona física, que son los ciudadanos y personas morales, es decir las
empresas.
Es importante tener claro que existe una
norma jurídica tributaria que advertirte cuál es el caso de cada impuesto, en
ella encuentras:
Quiénes
se encuentran sujetos al pago
Cuál es
el objeto de gravamen
Sobre
qué base se determinará el impuesto
La tasa
aplicable o la tarifa, según sea el caso
Se desglosan de la siguiente manera
Impuestos federales
Dentro de los tributos nacionales básicos,
que dependiendo de las actividades, son una obligación de la mayoría de los
contribuyentes mexicanos así como de residentes extranjeros que ejerzan una
actividad económica dentro del territorio nacional, estos son:
Ø
Impuesto
Sobre la Renta (ISR)
Ø
Impuesto
al Valor Agregado (IVA)
Ø
Impuesto
Especial sobre Producción y Servicios (IEPS)
Ø
Impuesto
sobre automóviles nuevos
Ø
Impuesto
sobre Depósitos en Efectivo (IDE)
Ø
Impuesto
Empresarial a Tasa Única (IETU)
Impuestos
estatales
Son
aquellos que se aplican dentro de la frontera de cada estado y no se trasladan
a otros. Cada estado cuenta
con una norma tributaria o Ley de Hacienda diferente en la que se especifican
qué impuestos se cobran en cada uno de ellos, en el caso de Querétaro, por
ejemplo, los impuestos que se pagan a este nivel de gobierno son:
Ø
Impuesto
por la adquisición de vehículos de motor o remolques que no sean nuevos.
Ø
Impuesto
sobre tenencia o uso de vehículos de motor.
Ø
Impuesto
por la prestación de servicio de hospedaje.
Ø
Del
impuesto para el fomento de la educación pública en el estado para caminos y
servicios sociales.
Ø
Impuesto
sobre diversiones y espectáculos públicos.
Ø
Impuesto
por la obtención de ingresos derivados de la organización de loterías, rifas,
sorteos, concursos y carreras.
Ø
Impuesto
sobre nóminas.
Impuestos
municipales
Los impuestos municipales son los tributos en
favor de los gobiernos locales, cuyo cumplimiento no origina una
contraprestación directa de la Municipalidad al contribuyente.
Ø
Impuesto
Predial
Ø
Impuesto
sobre Adquisición de Inmuebles y Transmisión de Dominio
Ø
Impuesto
para el Fomento Deportivo y Educacional
Ø
Impuesto
para el Fomento Turístico, Desarrollo Integral de la Familia y Promoción de la
Cultura
Ø
Impuesto
sobre Asistencia a Juegos Permitidos y Espectáculos Públicos
Ø
Impuesto
para el Mantenimiento y Conservación de las Vías Públicas
Ø
Impuesto
por Alumbrado Público
Ahora bien, los impuestos, se dividen en dos
grandes grupos.
Impuestos
directos: son aquellos que gravan o afectan directamente lo que se
recibe como ingreso, algunos ejemplos de este impuesto son: Impuestos sobre la
renta, el predial, impuesto sobre bienes inmuebles, impuesto de sucesiones.
Impuestos indirectos: son
aquellos donde el impuesto grava en el consumo y no afecta de manera directa a
los ingresos de los contribuyentes, algunos ejemplos de este son: Impuesto al
Valor Agregado (IVA), etc.
En la
actualidad los impuestos han cambiado mucho del pasado, pues solían existir
impuestos obsoletos o incluso ridículos que al final de cuentas solo
enriquecían a unos cuantos y no se veía realmente el avance o donde se
estuvieran utilizando.
Como anécdota podemos decirte que en la época de Antonio López de Santa Anna al poder, se
decretaron contribuciones verdaderamente inverosímil, tales como: un real por
cada puerta y cuatro centavos por cada ventana de las casas; un pago de dos
pesos mensuales por cada caballo robusto y de un peso por cada equino flaco, y
también se cobraba un peso mensual por la posesión de cada perro.
En la época de Porfirio Díaz,
duplicó, por ejemplo, el impuesto del
timbre, gravó las medicinas y un ciento de artículos.
A nivel estatal se presentan casos, que son para replay, se paga
impuesto si no se arregla la fachada de los inmuebles, hay impuestos si los
animales domésticos no tienen “identificación” o certificados de vacunación.
Por vacas, cabras y perros hay multas. Quienes no pagan impuestos son los
gatos, una clase privilegiada, quizá porque difícilmente los podrán hallar
fuera de la casa y en muchos de los casos salen solo en la noche.
En otros estados del norte se pagaba impuesto o multa por caballos o
burros, lo que provocaba plantones y manifestaciones. Hasta los lotes o
terrenos baldíos pagan multa, hay pretexto para todo, sobre todo cuando surgen
asociaciones, fundaciones y diversas organizaciones que requieren recursos para
su operación y actividad, presionan a los legisladores para que suban a tribuna
a imponer nuevos impuestos o los contribuyentes.
Ahora bien, los impuestos son la fuente principal de recursos
financieros de los gobiernos de los países en todos sus niveles, ya sean
federal, estatal o municipal o de cualquiera en que esté constituido un estado.
La existencia de los impuestos se justifica principalmente porque es
la principal fuente de recursos para cumplir con las obligaciones propias y a
su vez, le retribuye a la sociedad el pago de dichas contribuciones a través de
bienes públicos como la educación, luz, agua, seguridad, alcantarillado, los
servicios básicos, etc. sin embargo, con la finalidad de mejorar y hacer más
eficiente la obtención de recursos, el reto para los gobiernos es mejorar sus
políticas fiscales con la finalidad de afectar lo menos posible los ingresos de
sus ciudadanos y la marcha de la economía.
Generalmente, la Constitución de un país establece las bases para la
promulgación y aplicación de todas las demás leyes y ordenamientos existentes,
entre ellas incluidas las leyes y ordenamientos fiscales.
Este principio de constitucionalidad se ha dado a través de las
naciones desde la antigüedad, inclusive, previo a la existencia de las formales
constituciones, las asambleas medievales surgieron debido a la necesidad de
“legislar” en materia fiscal.
Centrándonos en nuestro tema principal, que es el Impuesto al Valor
Agregado, conocido como IVA, este impuesto en México a través de la publicación
de Ley del IVA el 22 de Diciembre de 1978, entró en vigor el 1ro de Enero de
1980, sustituyendo directamente al Impuesto Sobre Ingresos Mercantiles que
tenia una tasa del 4%.
El IVA es un impuesto al consumo que se impone sobre el valor que se
agrega a un producto o servicio. A diferencia del impuesto a las ventas, el IVA
se aplica en las distintas etapas que existen entre el productor inicial y el
consumidor final, mientras que el impuesto a las ventas, se aplica sobre el
valor total en cada etapa, no considera etapas de producción. El IVA evita el
efecto cascada que se origina al gravar el valor agregado en cada etapa de
producción
Actualmente el Impuesto al Valor Agregado es uno de los impuestos
más importantes que se aplican en México. Su tasa general ha sufrido cambios a
lo largo de su existencia, pero actualmente es del 16% aunque su estructura
contempla tratamientos especiales para algunos productos y servicios, 0% o
exenciones y en la franja fronteriza se aplica la tasa del 11%.
De acuerdo con el artículo primero transitorio de la Ley del IVA de
1978, el impuesto iniciaría su vigencia a partir del 1 de enero de 1980. La ley
fue aprobada y suscrita el 22 de diciembre de 1978 y publicada en el Diario
Oficial de la Federación el 29 de diciembre de ese mismo año durante el mandato
del Presidente José López Portillo.
En un principio, la recaudación del IVA era
facultad estatal y no fue sino hasta 1990 que se transfiere la administración del
impuesto al orden federal. La principal razón de esto, eran los bajos
resultados en la recaudación, además de la dificultad de establecer a qué
entidad correspondía el impuesto ya que los domicilios fiscales del
contribuyente se encontraban en una entidad y el consumidor en otra. Así mismo,
este nuevo impuesto sustituyó a dieciocho impuestos que gravaban diversas
actividades, productos y servicios, todos ellos impuestos indirectos.
Evolución del Impuesto al
Valor Agregado (IVA) en México.
De 1980 a 1982 la tasa de IVA era de 10% general y de 0% a todos los
alimentos. Tasa preferencial fronteriza del 6%.
De 1983 a 1988 aumenta la tasa a 15% general, 0% alimentos no
procesados y de consumo popular, y 6% a los demás alimentos y a las medicinas.
De 1989 a 1991 continua 15% tasa general, tasa del 6% para ciudades
fronterizas, 0% ahora todos los alimentos y medicinas, y una nueva tasa del 20%
para bienes de lujo.
De 1992 a 1995 se reduce el número de tasas otra vez a 10% como tasa
general y 0% a medicinas y alimentos no procesados.
De 1996 a 2009 aumenta nuevamente a 15% la tasa general, regresa la
tasa a ciudades fronterizas con un 10% y continúa la de 0% a medicinas y
alimentos no procesados. Cabe recordar, que el incremento al IVA en este año,
dio lugar a un verdadero enfrentamiento entre los legisladores del PRI contra
los de la oposición, ya que se autorizo a capa y espada, surgiendo la celebre fotografía
de la Roqueseñal… que quedo grabada en la historia parlamentaria.
En el 2010 aumentan en 1 punto porcentual la tasa general y
fronteriza, quedando en 11% y 16% respectivamente. Alimentos, se mantuvo a 0% y
otras actividades señaladas en ley.
Desde 2014 tenemos solo una tasa general del 16% y la de 0% a
medicinas, alimentos y algunas otras actividades.
Pues bien, el motivo de este artículo, se deriva que recientemente,
se ha dado a conocer que Eduardo Ramírez, senador chiapaneco de Morena,
propondrá una iniciativa para que se baje el IVA de un 16 por ciento al 10
por ciento, la cual podría tener un fuerte acompañamiento legislativo, ya
que legisladores de diferentes partidos políticos lo ven con buenos ojos..
Pero esta reducción solo sería por 6 meses.
No se incluirá la frontera norte donde se paga 8%.
Se pretende que los precios bajen y se estimule el consumo.
Pero hay voces panistas que pretenden que se homologue al 8 por
ciento en todo el país.
Aunque, hay que considerar
que efectos trae en materia de recaudación y que beneficios podría generar en
materia de reactivación económica debido a la pandemia de Covid 19. Recordemos
que el panismo, no son magnánimos, tienen sus historia y no dan un paso sin
huarache.
En próximo artículo ya se estará comentando en que consiste esta iniciativa
y sus pro y contra.