jueves, 7 de abril de 2016

Ecatepec y su gran reto por derrotar a la corrupción


Como lo hemos mencionado en un artículo anterior, el concepto de corrupción es amplio. Incluye soborno, fraude, apropiación indebida u otras formas de desviación de recursos por un funcionario público, pero no es limitado a ello.
La corrupción también puede ocurrir en los casos de nepotismo, extorsión, tráfico de influencias, uso indebido de información privilegiada para fines personales y la compra y venta de las decisiones judiciales, entre varias otras prácticas.
La corrupción significa la destrucción de la vida institucional, el desprecio por la legalidad y el triunfo de la ilegalidad e inmoralidad, en pocas palabras “el que no tranza no avanza”.
Pero, también, la corrupción se refleja en el actuar de los servidores públicos, que al desempeñar su empleo, cargo o comisión obtienen beneficios adicionales a las contraprestaciones comprobables que el Estado le otorga por el desempeño de su función, sean para él o para las personas cercanas de su círculo familiar.
Lo anterior, lo contempla la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y los Municipios en el Estado de México. En dicha ley, en su artículo 2 se establece en su primer párrafo que “Son sujetos de esta Ley, toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión, de cualquier naturaleza en la administración pública estatal o municipal, en sus Organismos Auxiliares y Fideicomisos públicos, y en los Poderes Legislativo y Judicial del Estado, con independencia del acto jurídico que les dio origen. 
La Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios establece las responsabilidades administrativas, así como las sanciones a las que se hacen acreedores quienes no cumplan con ellas.
El artículo 2 de este ordenamiento señala que "Son sujetos de esta Ley, toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión, de cualquier naturaleza en la administración pública estatal o municipal, en sus Organismos Auxiliares y Fideicomisos Públicos, y en los Poderes Legislativo y Judicial del Estado, con independencia del acto jurídico que les dio origen...".
Obligaciones de los Servidores Públicos
Artículo 42: "Para salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en la prestación del servicio público, independientemente de las obligaciones específicas que correspondan al empleo, cargo o comisión, todo servidor público, sin perjuicio de sus derechos y deberes laborales tendrá las siguientes obligaciones de carácter general".
El citado artículo contiene 32 obligaciones entre las que se destacan:
Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado.
Formular y ejecutar legalmente, en su caso, los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia, y cumplir las leyes y otras normas que determinen el manejo de recursos económicos públicos
Abstenerse de causar daños a la Hacienda Pública Estatal o Municipal.
Utilizar los recursos que tenga asignados para el desempeño de su empleo, cargo o comisión, exclusivamente para los fines a que estén destinados.
Observar buena conducta en su empleo.
Abstenerse de desempeñar algún otro empleo, cargo o comisión oficial o particular que la Ley prohíba.
Abstenerse de nombrar, contratar o promover como servidores públicos a personas con quienes tenga parentesco consanguíneo hasta el cuarto grado, por afinidad o civil, y que por razón de su adscripción dependan jerárquicamente de la unidad administrativa de la que sea titular.
Excusarse de intervenir en cualquier forma en la atención tramitación o resolución de asuntos en los que tengan interés personal, familiar o de negocios.
Desempeñar su empleo, cargo o comisión sin obtener beneficios adicionales.
Presentar con oportunidad y veracidad la Manifestación de Bienes en los términos que señala la ley.
Abstenerse de cualquier acto u omisión que implique incumplimiento de cualquier disposición jurídica relacionada con el servicio público.
Cumplir con la entrega de índole administrativo del despacho y de toda aquella documentación inherente a su cargo.
Proporcionar, en su caso, en tiempo y forma ante las dependencias competentes, la documentación comprobatoria de la aplicación de recursos económicos.
Las demás que le impongan las leyes, reglamentos o disposiciones administrativas.
Además de lo anterior, el municipio de Ecatepec recientemente renovó su suscribió al Sistema de Atención Mexiquense (SAM) y al Sistema de Registro Estatal de Inspectores (REI) a fin de que los ciudadanos puedan participar de manera organizada en la vigilancia de los servidores públicos y denunciar actos de corrupción.
Esta medida debe contribuir a que los servicios prestados por los funcionarios del gobierno municipal, se realicen con transparencia, legalidad y honradez con el objetivo de fortalecer la rendición de cuentas a la población.
El Sistema de Atención Mexiquense, la población podrá denunciar a los servidores públicos, así como emitir opiniones o sugerencias sobre los trámites realizados por el gobierno.
Mientras que con el REI, los comerciantes podrán verificar los datos de los inspectores que visiten sus negocios, cuáles son sus facultades y saber si forman parte de alguna dependencia gubernamental.
Además, ambos sistemas se encuentran disponibles en internet y forman parte de los programas de Mejora Regulatoria que buscan eficientar el servicio de atención para quienes pretenden abrir un negocio, evitándole los tiempos de traslado y de espera, además de la reducción de trámites.
Pero lo más importante es que los servidores públicos del Ayuntamiento, tanto sindicalizados como de Confianza, conozcan con mayor amplitud sobre la Ley de Responsabilidad de los Servidores Públicos del Estado y los Municipios, así como el SAM y el REI, con la finalidad de que sus actos estén apegados a la ley y que no exista ningún tipo de irregularidad en contra de los ciudadanos al momento de prestar los servicios que demanda la sociedad.
Para combatir la corrupción es indispensable que las autoridades municipales empezando por el Presidente Municipal, los síndicos y los regidores, así como en todas las áreas de la administración y sus órganos desconcentrados, conozcan a través de una campaña abierta y plena, sus derechos y obligaciones, ya que los ojos de la ciudadanía estarán pendientes del actuar y el nivel de servicio que proporcionen los servidores públicos y aquellos actos que signifique violaciones de la ley existente y se apliquen las medidas disciplinarias para evitar todo acto de corrupción. Una Campaña en torno a “No permitas que te corrompan, ni corrompas a los servidores públicos”
Requerimos Transformar a Ecatepec con Cambio Verdadero y para ello es indispensable romper esquemas de corrupción y contubernio, entre otros males.

Hay que recordar una y otra vez los derechos y obligaciones de los servidores públicos municipales y que todo acto que vaya en contra de la población, existen medidas disciplinarias que pueden ser aplicadas en conformidad a la ley.

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