sábado, 26 de agosto de 2017

Insuficiente la apertura del 2.9 de las casillas ordenado por el TEPJF del proceso del Estado de México.

En los procesos electorales el cuidado en la elección de quienes vigilan esos procesos, debe ser pulcro y totalmente exquisito.
Hay dos máximas que debe tenerse en cuenta y que jamás se debe de olvidar.
La primera de ellas es lo relativo a que no se puede ser juez y parte. Es una máxima social tan difundida que no precisa más explicaciones. Todos sabemos lo que significa y comprendemos su relevancia.
Esta se encamina en trata de evitar que quien tiene que resolver sobre una controversia lo haga sirviendo a sus propios intereses despreciando los de otros, en lugar de atender a los que le exige la justicia.
Esa sentencia tiene su origen en un aforismo jurídico, cuyo alcance es similar al social, aunque con las precisiones que impone el Derecho. Las resoluciones de un juez o de un órgano administrativo no pueden contener ninguna “sospecha”, ninguna “sombra” de parcialidad, de favoritismo, en especial que beneficie al juzgador o al órgano.
No se trata sólo de alcanzar justicia, sino previamente de excluir dudas sobre la imparcialidad del juez, sobre la licitud de la resolución.
El Derecho suele contemplar expresamente las incompatibilidades para ser juez cuando se es parte. Se relacionan con cierta exhaustividad las causas que impiden a quien tiene el poder de decidir que lo use en su propio beneficio en pleitos propios o en los que tiene interés personal frente a otros. Cuando la norma prohibitiva no es lo completa que requiere la ocasión cabe reclamar otros principios: la equidad, la "ratio" de las normas, los principios del Derecho, la honestidad, etc.
Cobra aquí pleno sentido otra segunda máxima, la de que "a la mujer de Cesar no le basta con ser honrada, sino que, además, tiene que parecerlo".
El proceso electoral llevado a cabo en el Estado de México no cumple con la primera regla, ni la segunda, lo cuál genera en la conciencia social que “existe gato encerrado”, las diversas anomalías, errores de registro y sobre todo parámetros anormales de votación en ciertos distritos electorales, provoca la sombra de duda que tanto daño causa una resolución.
El guardián del proceso de las elecciones, ya sea el Instituto Electoral del Estado de México y el Tribunal Estatal Electoral del Estado de México, dieron lugar a que tomaron decisiones francamente discutibles en el fondo y en la forma, incluso en el sentido de la distancia con la que debería aplicarlas, la entrega precipitada de la constancia de mayoría a Alfredo del Mazo, da lugar a que la “urgencia” con que se procedió, genera mayor percepción de “irregularidad”. Esto es lamentable.
Ser juez y parte en un proceso en todo aspecto de la vida y el quehacer de impartición de justicia o de un órgano administrativo, debe ser rechazado de manera abierta y plena, ya que la honorabilidad, probidad y equidad estarán en juego.
Por ello, cuando el Tribunal Electoral ordena recontar los votos de apenas 556 casillas de la elección celebrada en el Estado de México con el fin de pretender limpiar la elección, lo que realmente provoca es que la percepción de irregularidad sigue patente ya que tal hecho no da certeza ni seguridad sobre los resultados. Para confiar en una institución, es importante que la propia institución muestre señales claras de veracidad y máxime cuando un proceso electoral se encuentra afectado por diversas situaciones y circunstancias que pone en duda la legalidad del propio proceso.
Como bien lo dice la Candidata de Morena Delfina Gómez, “La decisión del Tribunal Electoral del Poder Judicial (TEPJF) de ordenar el recuento de votos en 556 casillas de la elección en el Estado de México sólo es para "aparentar que quiere limpiar la elección".
Por lo anterior, se considera que es insuficiente que la Sala Superior del TEPJF ordene el recuento de votos únicamente en 2.98 por ciento del total de las casillas, cuando lo más correcto para el bien de la democracia y de las propias instituciones que velan ese interés nacional es que no exista la menor duda sobre la veracidad de los resultados.
Con esta resolución, dada a conocer por el TEPJF, no se dará legitimidad a quien llegue a la gubernatura, como bien lo menciona, Delfina Gómez: “porque habrá dudas y suspicacias en torno a si hubo irregularidades en el cómputo de los votos”.
Y el colmo de una acción precipitada que más enardece la escena del proceso electoral es el hecho de la premura con que se entregó la constancia de mayoría a Alfredo del Mazo y que hasta el presidente Enrique Peña Nieto lo recibiera antes de que el Tribunal Electoral resolviera las impugnaciones presentadas por Morena y por otros partidos políticos.
No es cuestión de limpiar la elección con medidas paliativas es cuestión de dar certeza y honorabilidad a un proceso electoral, con el fin de que las instituciones electorales se fortalezcan.

Por eso es importante recalcar que el mejor juez por su casa empieza y que bajo ninguna circunstancia se puede ser juez y parte, o se es solamente juez o se es solamente parte, pero ser las dos cosas al mismo tiempo es inaceptable en cualquier institución pública y privada.

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