Todo el
esfuerzo realizado en torno a impulsar y poner en marcha un modelo hacendario
mexicano, que permita ampliar los controles técnicos y reducir la
discrecionalidad, así como de promover la responsabilidad financiera y limitación
del acceso a deuda que ponga en riesgo la viabilidad en estados y municipios,
ahora se quiere modificar a contentillo.
La Ley
de Disciplina Financiera aprobada por la Cámara de Diputados, el 3 de diciembre
de 2015 y el Senado de la República la aprobaron el 15 de marzo de 2016, se encamina
en regular y fortalecer el desempeño financiero responsable de las entidades
federativas y los municipios.
La Ley
desde sus inicios, pretendía mejorar el ciclo presupuestal con más
transparencia en el ejercicio, mayor seguimiento y evaluación así como una
mejor rendición de cuentas y más prudencia financiera.
El
objetivo principal de dicha Ley era crear una regulación en materia de
responsabilidad hacendaria y financiera, que permita a los gobiernos
subnacionales guiarse bajo ciertos criterios para incentivar una gestión
responsable que fomente el crecimiento económico y la estabilidad en las
finanzas públicas.
En
cuanto a su objetivo específico, se encaminaba en promover las finanzas
públicas locales sostenibles, un uso responsable de la deuda pública, así como
fortalecer la rendición de cuentas y la transparencia.
Lo
anterior, respondía a una exigencia de la sociedad mexicana para que los gobiernos sean abiertos
y entreguen mejores cuentas, hagan más con menos y sobre todo cuiden el dinero de todos los mexicanos.
Sin
embargo, en estos momentos a más de un año que se puso en marcha y viene
arrojando diversos resultados, legisladores del PRI, PAN y PRD plantean una iniciativa
de decreto por el que se reforman, adicionan diversos artículos de la Ley de
Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, con
el fin, según los Grupos Parlamentarios de los partidos de referencia, para permitir
actualizar el marco normativo y asegurar que su aplicación en materia de
responsabilidad hacendaria a nivel local sea eficaz.
Se pretende
“robustecer” la legislación para dotarla de mayor operatividad y corregir inconsistencias,
lagunas y rigideces que dificultan a estados y municipios responsables,
alcanzar los objetivos planteados, así como obtener las mejores condiciones en
la contratación de financiamientos y obligaciones.
En
pocas palabras, en los primeros meses de la instrumentación de la Ley de
Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y Municipios, legisladores
de diversos partidos, ahora pretenden realizar modificaciones, derivado a que
se convierte en un cinturón de fuerza para poder utilizar con mayor
discrecionalidad los recursos.
El
dictamen, de aprobarse, según mencionan los Diputados Federales del PRI, “permitirá
dotarles de un mayor grado de maniobra en el uso de sus ingresos excedentes,
siempre que se ubiquen en el nivel de endeudamiento admisible. Asimismo, le
proporcionará a las entidades federativas un mayor grado de maniobra en el uso
de sus ingresos excedentes pudiendo destinar hasta un 5 por ciento para cubrir
gasto corriente, cuando lo permita su nivel de endeudamiento.
Adicionalmente,
incorporará a la definición de disponibilidades y actualizará el concepto de
financiamiento, permitiendo a los gobiernos locales el uso de los recursos
utilizados en ejercicios anteriores, en aras de que mejoren su balance
presupuestario para futuras operaciones de deuda, sin deterioro de sus
finanzas.
Un
elemento a destacar es la posibilidad de que los estados puedan atender por
medio de sus ingresos de libre disposición a la población afectada por
desastres naturales con oportunidad y suficiencia, así como destinarlos para la
constitución de un fondo que atienda sus necesidades inmediatas, a efecto de
salvaguardar sus derechos sociales y combatir sus condiciones vulnerables en
materia de salud, educación y vivienda.
También
se facilitará la contratación de financiamientos que se realicen con un
fundamento en programas federales o convenidos suscritos con la federación,
mismos que se harán a través de licitaciones públicas, dándose a conocer los
resultados a través de los medios oficiales.”
Con
base en lo anterior, lo que realmente se pretende es relajar el nivel de
Disciplina Financiera y romper los candados al gasto público. Los candados que
hasta el momento disponía la LEY, en menos de un año esta causando grandes
temores en las Entidades Federativas y en los Municipios.
Todavía
no entraban en vigor los principales elementos de esta normatividad de la Ley y
de golpe y porrazo se modifica.
Cabe
recordar, que la Ley entró en vigor el jueves 28 de abril de 2016, no obstante:
I. Las
disposiciones de equilibrio presupuestario y responsabilidad hacendaria de las
entidades federativas entraron en vigor para el ejercicio fiscal 2017, con
algunas excepciones, entre las que destacan: la limitación al gasto en
servicios personales que entrará en vigor para el Presupuesto de Egresos del
ejercicio fiscal 2018 de las entidades federativas y los servicios personales
de seguridad pública y servicio médico quedan exentos de esta disposición hasta
el año 2020.
II. En
el caso de los municipios, las disposiciones de equilibrio presupuestario y responsabilidad
hacendaria entrarán en vigor en el año 2018.
III. El
Sistema de Alertas y el Registro Público Único entrarán en vigor, a más tardar,
el 1 de abril de 2017.
Como
podrá apreciarse, la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas
y Municipios, todavía no aterriza de manera concreta y los legisladores, ya le
meten cuchillo a varios artículos, relajan su operatividad y rompen candados,
ver para creer.
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