viernes, 16 de agosto de 2013

La fortaleza de Pemex emano de Gobiernos Priistas (Lázaro Cárdenas, Adolfo Ruiz Cortines y Adolfo López Mateos) y hoy el Gobierno de Peña Nieto desea abrir la riqueza de todos los mexicanos a la inversión privada y compartir la misma historia junto con Salinas y Zedillo.

En la noche del viernes 18 de marzo de 1938, el General Lázaro Cárdenas se presentó ante los medios de comunicación, principalmente prensa y radio, para anunciar uno de los hechos más trascendentes en la historia de los Estados Unidos Mexicanos: la Expropiación Petrolera.
Ésta consistió en la apropiación legal del petróleo que explotaban 17 compañías extranjeras para convertirse en propiedad de los mexicanos. Entre ellas figuraban Mexican Petroleum Company of California, Compañía Mexicana de Petróleo “El Águila” y la Compañía Exploradora de Petróleo la Imperial SA, que hoy forman las más grandes corporaciones internacionales de comercialización de “oro negro”. Se llevaría a cabo como consecuencia de la intransigencia de parte de las empresas petroleras para negociar con el recién creado Sindicato Único de Trabajadores Petroleros un contrato general de trabajo.
El 18 de marzo de 1938, la Revolución Mexicana llegó a su mayor grado de soberanía, al resolver de tajo un problema que venía desde el Porfiriato: el petróleo. Al convertirse a finales del siglo XIX en el principal combustible mundial, las grandes compañías petroleras intentaron controlar los pozos más importantes del planeta.
Porfirio Díaz les cobró pocos impuestos a cambio de que crearan empleos. Francisco I. Madero intentó aplicarles nuevos cobros para sostener a su gobierno y murió asesinado. Venustiano Carranza también quiso controlarlos y para eso estableció, en el artículo 27 de la Constitución, que los bienes del subsuelo eran propiedad de la nación.
Álvaro Obregón, que necesitaba el reconocimiento norteamericano, dejó de lado ese artículo y permitió que las compañías petroleras operaran libremente. En cambio, Plutarco Elías Calles decidió volver a controlar esas empresas, por lo que en 1927 México estuvo a punto de sufrir una invasión por parte del ejército norteamericano.
El Estado mexicano había buscado establecer un convenio con las compañías petroleras en el cual, a cambio de que ellas reconocieran que el petróleo era de la nación, el Estado les permitiría operar en el país. Cuando Lázaro Cárdenas tomó en 1938 la decisión de expropiar esas empresas, fue porque consideró que de no hacerlo la nación se debilitaría y estaría a merced no de Estados Unidos, sino de ese grupo de empresarios petroleros que se convertirían en los amos de México.
Lázaro Cárdenas, luego de expropiar el petróleo, emitió una ley en la que se permitían concesionar a empresas privadas los servicios de Pemex; sin embargo, durante dos décadas, la inversión privada en hidrocarburos fue tolerada, aunque la ruptura del régimen jurídico que implicó la expropiación desanimó a muchos y sólo un inversionista apareció, en 1946.
Fue el presidente Adolfo Ruiz Cortines, quien, 20 años después de la expropiación, declaró el monopolio del Estado en la industria petrolera, ya que consideró que no era conveniente la participación de la iniciativa privada. Y estableció: “Sólo la Nación podrá llevar a cabo las distintas explotaciones de los hidrocarburos”.
En la exposición de motivos ante el Senado, Ruiz Cortines explicó qué propició esta decisión, que modificó el artículo 27 de la Constitución para prohibir las concesiones.
“Las necesidades del país y una mínima previsión del futuro de México”, dice la iniciativa, “requieren que las actividades de una industria de importancia tan vital para la nación sean no solamente controladas por el gobierno, sino monopolizadas por el Estado”. El petróleo, dice el texto, “no puede estar sometido al arbitrio de intereses privados”.
El presidente Adolfo Ruiz Cortines promulgó el 27 de noviembre de 1958 la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, a la cual ya nos hemos referido, y cuyo contenido se apegó a lo que disponía el párrafo sexto del artículo 27 de la Constitución Política. Esta Ley abrogó a la de 1941.
El Reglamento de la Ley de 1958, que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación del 25 de agosto de 1959, contiene la interpretación del Poder Ejecutivo Federal al artículo 27, párrafo sexto, de la Constitución, y a la propia Ley Reglamentaria.
La reforma propuesta el 15 de octubre de 1959, por la Primera Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, tenía por objeto prohibir la celebración de contratos, por medio de los cuales se facultaba a empresas privadas nacionales y extranjeras para realizar algunas de las actividades que corresponde hacer a Petróleos Mexicanos, tales como exploración, extracción, almacenamiento, transporte, etcétera, del petróleo y los carburos de hidrógeno sólidos y gaseosos.
En el dictamen, la Primera Comisión de Puntos Constitucionales expresó lo siguiente:
En relación con el petróleo y los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos y gaseosos, que constituyen recursos importantísimos del subsuelo para la nación mexicana, la Comisión considera que debe asentarse de una vez por todas de manera indiscutible en el artículo 27 constitucional, que no se otorgarán concesiones ni contratos ni subsistirán los que se hayan otorgado, y que sólo la nación podrá llevar a efecto la explotación de esos productos, en los términos que señale la ley reglamentaria respectiva; porque no obstante que ha sido manifiesto el propósito del Constituyente, a partir de la reforma de diciembre de 1939, el de sustraer totalmente de la explotación petrolera del régimen de concesiones y contratos, en ocasión de que fue expedida a fines del año anterior la ley reglamentaria respectiva, volvió a suscitarse un debate sobre la subsistencia de concesiones o derechos de particulares a la explotación del petróleo; por lo que, para evitar cualquier controversia, es procedente la reforma que propone la Comisión en la parte resolutiva de este dictamen.
El texto reformado del párrafo sexto del artículo 27 fue el siguiente: "Tratándose del petróleo y de los hidrocarburos sólidos, líquidos o gaseosos, no se otorgarán concesiones ni contratos, ni subsistirán los que se hayan otorgado y la nación llevará a cabo la explotación de esos productos, en los términos que señale la ley reglamentaria respectiva".
El proyecto de reformas fue devuelto al Senado, el cual lo aprobó sin discusión y por unanimidad, en su sesión del 3 de noviembre de 1959.
En la sesión de la Cámara de Senadores del 16 de diciembre de 1959 se hizo el cómputo de los votos de las legislaturas de los estados y se declaró que las reformas habían sido aprobadas. El decreto del 6 de enero de 1960 que promulgó las reformas se publicó en el Diario Oficial de la Federación del 20 de enero de 1960.
A pesar de la claridad de las reformas hechas en 1939 y 1960 al artículo 27 de la Constitución, los contratos llamados de riesgo no pudieron darse por terminados sino hasta el 27 de febrero de 1970, como lo informó el 18 de marzo de ese año el director general de Petróleos Mexicanos, Jesús Reyes Heroles.
Por último, mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del 3 de febrero de 1983 se reformó, junto con otros preceptos, el artículo 28 de la Constitución, en cuyo párrafo cuarto se delimitaron las "funciones que el Estado ejerce de manera exclusiva" en las áreas que se consideran estratégicas para la economía, entre las que se incluyen el "petróleo y los demás hidrocarburos" y la "petroquímica básica".
Sin embargo, los presidentes priistas – Salinas, Zedillo y ahora Peña – poco han hecho por defender el patrimonio nacional ya sea telefónico, ferrocarrilero y ahora hidrocarburo. Se dicen transformadores, pero la sociedad mexicana los considera vendedores de bienes nacionales.
México requiere un Gobierno Federal honesto, trabajador, comprometido con el país y sus ciudadanos, no necesitamos mexicanos que solamente asuman compromisos con países extranjeros e intereses económicos ajenos a México.


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