Foto del evento del Primer Encuentro de Formación Política de Morena
Con seis votos a favor
y uno en contra, los magistrados consideraron que hay elementos para validar el
Sexto Congreso Nacional Extraordinario de Morena, así como los acuerdos
tomados.
Con esta decisión,
Alfonso Ramírez Cuellar es Presidente Interino de morena y en cuatro meses
deberá reorganizar al movimiento regeneración nacional.
De esta manera,
Yeidckol Polevnsky, secretaria general en funciones de presidenta del partido,
fue sustituida de la dirigencia y regresa a retormar sus funciones como
Secretaria General.
En el proyecto avalado,
se consideraron inoperantes e infundados los agravios presentados por los
inconformes, en torno a que fue ilegal la convocatoria a la asamblea, toda vez
que esta se apego a lo señalado por la Comisión Nacional de Honestidad y
Justicia.
Dicha instancia señaló
que se puede convocar, si así lo piden la tercera parte de los integrantes del
Congreso Nacional, la mayoría de los integrantes del Consejo Nacional; el
Comité Ejecutivo Nacional, y la tercera parte de los consejos estatales.
Asimismo, la
convocatoria se publico con una semana de anticipación, tal y como lo prevé la
normatividad interna de morena.
En cuanto al quorum se
afirma que asistieron mil 305 congresistas, más del 50 por ciento del total de
dos mil 494.
Los magistrados del
TEPJF coincidieron que había antecedentes de una decisión de esta naturaleza,
pues en otro caso, registrado en 2019, la Asamblea Nacional de Morena
estableció que tenían facultades para citar a un Congreso Nacional: A) una
tercera parte de los Congresistas, B) La mayoría de los integrantes de la
Asamblea Nacional, C) El Comité Ejecutivo Nacional y D) La tercera parte de los
Congresos Estatales de Morena.
En su oportunidad la
magistrada Janine Madeline Otálora reconoció que hay lagunas en la
ley sobre los procesos extraordinarios dentro del partido Morena. Señaló que se
debería incluir la recomendación de aclarar sus estatutos para definir métodos
para renovar a su dirigencia nacional, pues en este caso, la elección de
Ramírez Cuéllar.
En otros juicios
militantes de Morena también impugnaron la elección de Alfonso Ramírez Cuéllar,
porque el estatuto del partido político no prevé la figura de “presidente
interino” y además se utilizaron planillas, lo que tampoco está previsto por su
legislación interna.
Sin embargo, los
magistrados consideraron que dadas las condiciones extraordinarias que vivió el
partido, ante la solicitud de licencia de su presidente, Andrés Manuel
López Obradory que asumiera funciones de la presidencia la Secretaria General,
Yeidckol Polevnsky, debió convocar a elecciones extraordinarias, pero omitió
cumplir con este requisito.
Seis de los
magistrados votaron a favor de esta sentencia y sólo Reyes Rodríguez manifestó
su rechazo.
Con esta decisión del
Tribunal, Alfonso Ramírez Cuellar tiene 4 meses para reorganizar al partido y generar
las condiciones viables que le brinden a la institución política, certeza,
confiabilidad y cercanía con la ciudadanía y la militancia.
Revocación para
recortar prerrogativas en un 75 por ciento.
Los magistrados del
TEPJF revocaron la decisión del CEN de Morena para recortar sus prerrogativas
en un 75 por ciento, como lo solicitó Yeidckol Polevnsky, en un juicio
promovido por Alejandro Rojas Díaz Durán, los magistrados votaron por
unanimidad que la presidenta en funciones no debió tomar esa decisión.
Cabe recordar, que el
pasado 10 de diciembre, Yeidckol Polevnsky envió un escrito a la Dirección
Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, donde manifestó que renunciaba
al 75 por ciento del financiamiento que correspondía a Morena.
Sin embargo, Rojas
Díaz Durán solicitó que se suspendan los descuentos hasta que se definiera la
presidencia de Morena y que en conjunto con el Comité Ejecutivo Nacional
decidieran si se ratifica o no la solicitud de Polevnsky Gurwitz.
En sesión pública, las
magistradas y los magistrados resolvieron que la Dirección Consejo General del
INE la autoridad competente con facultades expresas para determinar la
procedencia y análisis de la renuncia del financiamiento público ordinario,
externada por un instituto político nacional.
La Sala Superior
aprobó revocar el oficio impugnado para que sea el Consejo General del INE el
que se pronuncie en torno a la validez de la solicitud de la Secretaria General
de Morena, tomando en consideración los elementos aportados y garantizando en
todo momento el derecho de audiencia del partido.
Además, el Consejo
General del INE deberá informar a la Sala Superior dentro de las 24 horas
siguientes a que se le notifique la sentencia, del cumplimiento de estos
resolutivos. (Asunto: SUP-JDC-10/2020).
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