miércoles, 26 de febrero de 2020

Avala el Tribunal Electoral el VI Congreso Nacional Extraordinario de Morena, así como los acuerdos tomados en ella, Ramírez Cuellar es Presidente Interino.

Foto del evento del Primer Encuentro de Formación Política de Morena
Con seis votos a favor y uno en contra, los magistrados consideraron que hay elementos para validar el Sexto Congreso Nacional Extraordinario de Morena, así como los acuerdos tomados.
Con esta decisión, Alfonso Ramírez Cuellar es Presidente Interino de morena y en cuatro meses deberá reorganizar al movimiento regeneración nacional.
De esta manera, Yeidckol Polevnsky, secretaria general en funciones de presidenta del partido, fue sustituida de la dirigencia y regresa a retormar sus funciones como Secretaria General.
En el proyecto avalado, se consideraron inoperantes e infundados los agravios presentados por los inconformes, en torno a que fue ilegal la convocatoria a la asamblea, toda vez que esta se apego a lo señalado por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia.
Dicha instancia señaló que se puede convocar, si así lo piden la tercera parte de los integrantes del Congreso Nacional, la mayoría de los integrantes del Consejo Nacional; el Comité Ejecutivo Nacional, y la tercera parte de los consejos estatales.
Asimismo, la convocatoria se publico con una semana de anticipación, tal y como lo prevé la normatividad interna de morena.
En cuanto al quorum se afirma que asistieron mil 305 congresistas, más del 50 por ciento del total de dos mil 494.
Los magistrados del TEPJF coincidieron que había antecedentes de una decisión de esta naturaleza, pues en otro caso, registrado en 2019, la Asamblea Nacional de Morena estableció que tenían facultades para citar a un Congreso Nacional: A) una tercera parte de los Congresistas, B) La mayoría de los integrantes de la Asamblea Nacional, C) El Comité Ejecutivo Nacional y D) La tercera parte de los Congresos Estatales de Morena.
En su oportunidad la magistrada Janine Madeline Otálora reconoció que hay lagunas en la ley sobre los procesos extraordinarios dentro del partido Morena. Señaló que se debería incluir la recomendación de aclarar sus estatutos para definir métodos para renovar a su dirigencia nacional, pues en este caso, la elección de Ramírez Cuéllar.
En otros juicios militantes de Morena también impugnaron la elección de Alfonso Ramírez Cuéllar, porque el estatuto del partido político no prevé la figura de “presidente interino” y además se utilizaron planillas, lo que tampoco está previsto por su legislación interna.
Sin embargo, los magistrados consideraron que dadas las condiciones extraordinarias que vivió el partido, ante la solicitud de licencia de su presidente, Andrés Manuel López Obradory que asumiera funciones de la presidencia la Secretaria General, Yeidckol Polevnsky, debió convocar a elecciones extraordinarias, pero omitió cumplir con este requisito.
Seis de los magistrados votaron a favor de esta sentencia y sólo Reyes Rodríguez manifestó su rechazo.
Con esta decisión del Tribunal, Alfonso Ramírez Cuellar tiene 4 meses para reorganizar al partido y generar las condiciones viables que le brinden a la institución política, certeza, confiabilidad y cercanía con la ciudadanía y la militancia.   
Revocación para recortar prerrogativas en un 75 por ciento.
Los magistrados del TEPJF revocaron la decisión del CEN de Morena para recortar sus prerrogativas en un 75 por ciento, como lo solicitó Yeidckol Polevnsky, en un juicio promovido por Alejandro Rojas Díaz Durán, los magistrados votaron por unanimidad que la presidenta en funciones no debió tomar esa decisión.
Cabe recordar, que el pasado 10 de diciembre, Yeidckol Polevnsky envió un escrito a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, donde manifestó que renunciaba al 75 por ciento del financiamiento que correspondía a Morena.
Sin embargo, Rojas Díaz Durán solicitó que se suspendan los descuentos hasta que se definiera la presidencia de Morena y que en conjunto con el Comité Ejecutivo Nacional decidieran si se ratifica o no la solicitud de Polevnsky Gurwitz.
En sesión pública, las magistradas y los magistrados resolvieron que la Dirección Consejo General del INE la autoridad competente con facultades expresas para determinar la procedencia y análisis de la renuncia del financiamiento público ordinario, externada por un instituto político nacional.
La Sala Superior aprobó revocar el oficio impugnado para que sea el Consejo General del INE el que se pronuncie en torno a la validez de la solicitud de la Secretaria General de Morena, tomando en consideración los elementos aportados y garantizando en todo momento el derecho de audiencia del partido.

Además, el Consejo General del INE deberá informar a la Sala Superior dentro de las 24 horas siguientes a que se le notifique la sentencia, del cumplimiento de estos resolutivos. (Asunto: SUP-JDC-10/2020).

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